Mediante Decreto 2136/25, fechado el 1 de septiembre, que lleva las firmas del gobernador Gustavo Melella y la ministra de Salud, Judit Di Giglio; desde este primero de septiembre se puso en vigencia el nuevo Sistema Provincial de Residencias en Salud (SPRS), cuyo objeto es complementar la formación integral del profesional de la salud con práctica intensiva en escenario de trabajo.
En el ámbito provincial se encontraba vigente el SPRS, que fue aprobado por Decreto 636/10 y la Resolución del Ministerio de Salud 209/20210, la cual aprobó el reglamento básico. Ambas normativas quedaron sin efecto a partir de este mes.
En los fundamentos de la nueva herramienta legal, se recuerda que el Ministerio de Salud de la Nación, a través de la Resolución 2109/25 aprobó el nuevo Reglamento General; y en ese contexto, es que el SPRS requiere de un programa de formación actualizado, “el cual a su vez contenga nuevos requisitos formativos, responsabilidades, derechos y garantías y obligaciones, como así también, se contemplan las tareas que se deba cumplimentar y las acciones de supervisión que requiera la formación”.
Los fundamentos también subrayan que “el escenario de formación de especialista se ha reconfigurado y presenta nuevos desafíos, haciendo necesario contar con un nuevo instrumento reglamentario que garantice las condiciones d formación en contextos de calidad”.
Puntualiza que “corresponde integrar el proceso de Examen Unico y los requisitos de ingreso para residencias con financiamiento provincial, a fin de establecer escenarios de cohesión e integralidad”.
Principales lineamientos
El Decreto establece que el ingreso al SPRS será por concurso público y abierto. En los supuestos de aquellos profesionales en los que exista un examen de alcance federal, los cargos con financiamiento nacional se concursarán exclusivamente a través de la modalidad de Examen Unico o instancia que el Ministerio de Salud de la Nación establezca para los casos en los que tenga reserva.
Los profesionales que se incorporen al SPRS ingresarán en Planta Transitoria, en la categoría 21 PAYT del Escalafón Húmedo de la Administración Pública Provincial. La vacante caducará automáticamente al completar el plazo previsto para el trayecto de formación para el que haya ingresado.
La residencia médica es un modelo formativo remunerado con dedicación exclusiva y a tiempo completo, con régimen laboral de 45 horas semanales, distribuidas en jornadas de 9 horas diarias, de lunes a viernes, sin perjuicio de la extensión extraordinaria y complementaria en forma de guardias.
Será exigible el 80% de las actividades esenciales y académicas para cada especialidad para la promoción anual, La carga horaria total para adquirir competencias no podrá ser inferior a 5750 horas totales.
Los residentes percibirán, durante su etapa de formación el adicional “Residencia en Salud”, el cual consistirá en la suma equivalente al 100% del total percibido en concepto de Dedicación Exclusiva Sanitaria de la categoría 21 PAYT de la Escala de Salud, remunerativa y bonificaba, para residencias médicas con confinamiento nacional; y en una suma equivalente al 110% del total percibido en concepto de Dedicación Exclusiva Sanitaria de la categoría 21 PAYT de la Escala de Salud, remunerativa y bonificaba, para residencias médicas sin confinamiento nacional.
Los profesionales incorporados al SPRS percibirán como únicos adicionales específicos Residencia en Salud, Responsabilidad Profesional, Mala Praxis y Vivienda.
La Residencia será coordinada por un Instructor de Residentes, elegido por concurso de oposición y antecedentes entre los postulantes que integren la planta permanente del Ministerio de Salud.
Los profesionales incorporados al SPRS serán considerados integrantes del plantel docente del sistema como una extensión de su servicio especifico y participarán en la enseñanza de los residentes a través de la capacitación y supervisión personal de los actos de progresiva complejidad y responsabilidad que encomiendan.