La jueza Natalia Buitrago, titular del Juzgado de Ejecución, resolvió hacer lugar al pedido de suspensión de juicio a prueba, que fue acordado por el Fiscal Martín Bramati y el abogado defensor, José Luis Alvarez, en una causa por lesiones graves que pesaba contra Franco Sebastián Barrientos, por un hecho que sucedió en diciembre de 2017.
En la causa, resultó lesionado Jonathan David Rivero, quien recibió un golpe con una botella de cerveza, cuyos vidrios le provocaron un corte sangrante en el ojo izquierdo. Como consecuencia de ello, quedó con una cicatriz permanente en el rostro y una disminución en la visión del mismo.
Durante el desarrollo del proceso, el defensor particular José Luis Alvarez, solicitó el beneficio de la suspensión del juicio a prueba, oportunidad en la que ofreció en concepto de reparación del daño a favor de la parte presuntamente damnificada, la suma de cien mil pesos. En tanto, el Fiscal Martín Bramati, prestó conformidad para el beneficio en cuestión.
La Magistrada, al evaluar la causa, consideró que resulta procedente el otorgamiento del beneficio solicitado por el encausado; sin dejar de lado que Barrientos deberá cumplir una serie de pautas de conducta estrictas durante el término de la suspensión, con el debido control del Patronato de Liberados y bajo apercibimiento de revocar la suspensión del juicio a prueba en caso de incumplimiento de alguna de las condiciones que se le impongan.
Respecto a la oferta reparatoria realizada por el imputado, si bien no fue aceptada por la presunta víctima, teniendo conocimiento que se encuentra en trámite el proceso civil y el deseo de éste de donación manifestado, decidió que el imputado la abone y que dicho dinero sea donado a un entidad sin fines de lucro.
En la resolución, la jueza Buitrago dispuso que si en un plazo de dos años, Franco Sebastián Barrientos no comete nuevos delitos y cumple las reglas de conducta, se extinguirá la acción penal. Caso contrario, se llevará a cabo el pertinente juicio.
En el plazo de los dos años impuestos, Barrientos deberá cumplir las siguientes reglas: a) Fijar residencia, debiendo comunicar a este Juzgado todo cambio de domicilio que efectuare; b) concurrir mensualmente a la Dirección del Patronato de Liberados, en el horario comprendido entre las 9:00 y las 15:00 horas; c) abonar la suma de cien mil pesos y; d) solicitar la autorización de viaje pertinente, cada vez que desee egresar de la provincia.





