El proyecto de ordenanza remitido por el Ejecutivo al Concejo Deliberante para implementar nuevamente el estacionamiento medido, establece un valor de 10 pesos la hora y de 5 pesos la media hora, además de una tolerancia de 5 minutos. Y, en el caso de los sectores donde se procederá al cobro, abarcarán 65 cuadras.
De acuerdo al proyecto que ingresó a estudio de los Concejales, se mantiene el cobro en todo el microcentro, los alrededores de la Municipalidad y la zona bancaria, como así también en casi toda la Perito Moreno. En Viedma, el cobro será en seis cuadras. De todas maneras, no se descarta que el radio se pueda ampliar.
El sistema de estacionamiento regirá en la zona de aplicación de lunes a viernes entre las 10:00 y las 20:00; con excepción de los días feriados nacionales, provinciales o municipales. Asimismo el Departamento Ejecutivo Municipal podrá modificar en caso de necesidad el horario de inicio o finalización del mismo, informando de tal circunstancia al Concejo Deliberante.
Los valores
El valor para el uso del estacionamiento se determinara de la siguiente manera:
Desde el inicio del estacionamiento, la tarifa correspondiente por el tiempo de estacionamiento utilizado se fraccionara cada quince minutos. Al exceder un minuto del tiempo establecido, su costo será establecido a la fracción siguiente.
-El costo equivalente a la hora de estacionamiento será de 10 pesos y el costo equivalente a la media hora de estacionamiento será de 5 pesos. El valor será actualizado en forma anual, según la variación del valor de la UF.
-Se establece una tolerancia de cinco minutos para la detención de vehículos sin obligación de pago de la tasa.
El control del estacionamiento medido a los vehículos en la vía pública se realizará en forma estricta a través de inspectores de tránsito y agentes de control que el Municipio designe para tal fin.
Excepciones contempladas
El proyecto establece casos de excepción en el cobro, a aquellos vehículos pertenecientes al Municipio de Río Grande, fuerzas policiales, bomberos, ambulancias y servicios públicos en funciones operativas o emergencias, y vehículos de discapacitados debidamente registrados en el sistema.
-Los vehículos propiedad de frentistas de viviendas unifamiliares con garaje en uso de estacionar paralelo al cordón dentro del área de estacionamiento medido sin riesgo de ser infraccionado y sin necesidad de activar el estacionamiento medido y que el vehículo este sobre el frente estrictamente del garaje sobre el cual está autorizado. El Municipio establecerá los requisitos necesarios para acreditar la identidad del vehículo con la propiedad y su titular, como así también el periodo de vigencia del permiso y el plazo de renovación según corresponda.
-Los vehículos afectados al servicio de taxi, remis y servicios públicos de transporte que se hallen en espera de pasajeros, por un lapso no mayor a diez minutos, siempre que el conductor se encuentre dentro del vehículo.
-Los vehículos propios o contratados por el sistema postal, que estén cumpliendo con el servicio de recolección y distribución, en los horarios de servicio, siempre y cuando se encuentren debidamente identificados con obleas y logotipos de la administración postal.
Los vehículos afectados al transporte público de caudales.