Las abogadas querellantes acusaron por el delito de homicidio doblemente agravado por alevosía y ensañamiento, mientras que la fiscal lo hizo bajo la figura de homicidio simple.
El Tribunal de Juicio en lo Criminal de Río Grande, escuchó los alegatos de la parte acusatoria en el juicio oral contra Florencia Mancilla, responsable de haber dado muerte a Alexis Baciocchi. En la exposición, la querella y la fiscalía no coincidieron en la calificación legal del delito.
Mientras que la parte querellante acusó por el delito de homicidio doblemente agravado por alevosía y ensañamiento, la fiscal modificó el planteo expuesto en el requerimiento de elevación a juicio y entendió que quedó acreditado que el hecho debe ser configurado como delito de homicidio simple, sin agravantes.
De esta forma, las abogadas Erica Soto y Sandra Arenas, representantes de la familia de la víctima, pidieron al Tribunal que Florencia Mancilla sea condenada a la pena de prisión perpetua; en tanto que la fiscal Mónica Macri, solicitó que la condena sea de 12 años de prisión.
La querella, en sus alegatos, consideró probado el ensañamiento y premeditación en el homicidio, en tanto que la alevosía quedó determinado en la confianza que la víctima tenía con su victimaria, a quien dejó ingresar a su vivienda para mantener una charla que después derivo en una discusión y el desenlace fatal de la agresión.
Las abogadas Soto y Arenas señalaron que Mancilla utilizó tres cuchillos para apuñalarlo. En uno de ellos se rompió la hoja y quedó en el interior del cuerpo de Alexis Baciocci. El ensañamiento fue escupirlo, patearlo y hasta golpearlo varias veces cuando su víctima estaba agonizando.
A su turno, la fiscal Mónica Macri, considero probada la responsabilidad y materialidad del hecho por parte de la acusada, pero no encontró agravantes ni alevosía, ya que en ningún momento se pudo precisar si la víctima estuvo en estado de indefensión.
Tampoco existe el agravante del vínculo, ya que Florencia Mancilla y Alexis Baciocchi no era una pareja estable y que ambos tenían un vínculo de mantener relaciones sexuales ocasionales.
La doctora Mónica Macri indicó al Tribunal que se debe tener como atenuantes, que la acusada tiene condiciones de vida de extrema vulnerabilidad, con antecedentes de consumo de estupefacientes y de atentar contra su propia vida, todo lo que derivó en sus problemas mentales.
El juicio oral pasó a un cuarto intermedio hasta este jueves, oportunidad en que expresará sus alegatos la defensa, representada por el Defensor ante el Superior Tribunal de Justicia, Jesús González Saber.





