martes 20 de enero
de 2026
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La emergencia se declara en la administración pública, la obra social y la caja de jubilaciones

legisla emergencia

El nuevo proyecto ya no declara el estado de emergencia pública por un año, sino que declara, por el plazo de dos años, el estado de emergencia en la administración pública provincial, situación que también alcanza a la obra social y la caja de jubilaciones.

Durante la vigencia de la emergencia el gobierno buscará:

-Propender al equilibrio presupuestario y financiero y a fijar la reestructuración de las obligaciones que componen la deuda pública.

-Reactivar el funcionamiento de la economía con la premisa fundamental de mantener y mejorar el nivel de empleo.

-Efectuar una revisión y actualización funcional, organizacional y administrativa.

-Asistir, acompañar y fortalecer a aquellos habitantes en condiciones de alta vulnerabilidad y peligro social.

 

Prioridad de pagos

El nuevo proyecto establece un nuevo cronograma de prioridad de pagos que se afrontarán siempre que hubieren “fondos de libre disponibilidad”. El orden establecido es el siguiente:

1-Salarios a los agentes públicos.

2-Pensiones y planes sociales.

3-Contribuciones patronales a la obra social y a la caja de jubilaciones.

4-Subsidio al gas envasado.

5-Prestadores médicos.

6-Proveedores.

De prosperar el texto de la ley como fue redactado por le Gobierno, se le da amplia facultad a la Tesorería General para disponer de los fondos y dar cumplimiento a la prioridad de pagos enumeradas anteriormente.

 

Deudas

La ley establece la autorización al Ejecutivo de emitir Letras de Tesorería por hasta la suma de 2 mil millones de pesos que serán para pagar deudas que resultan de carácter urgente o impostergable.

Además, el gobernador Melella buscar tener la autorización para contratar un servicio externo que se encargue de realizar una renegociación de los Bonos en dólares contraídos por el anterior gobierno, considerando en ello la alta volatilidad de los mercados de capitales internacionales y la necesidad de actuar con prontitud en materia de deuda pública.

 

Los contratos

Autorizar al Ejecutivo a disponer la readecuación y/o renegociación de aquellos contratos de obra pública, prestación de servicios y provisión de bienes que hayan sido adjudicados por el anterior gobierno. La medida contemplará las siguientes condiciones:

-Adecuación del plan de trabajos a las condiciones de disponibilidad de fondos.

-Adecuación de los proyectos a las necesidades de ahorro.

-Revisión de la viabilidad de los proyectos en función de la realidad económica y financiera.

-Negociación de indemnizaciones y compensaciones.

-Renuncia de la contraparte del Estado a su derecho de reclamar gastos improductivos, mayores gastos generales directos o indirectos.

-Renuncia de la contratista a reclamar compensaciones o créditos no certificados, salvo los que surjan del acuerdo celebrado en el marco de la ley de emergencia.