martes 20 de octubre
de 2026
Search

Juicio por violencia de género: Condenaron a Marcos Oyarzún a 3 años de prisión

condena oyarzun

El Tribunal de Juicio ordenó que siga detenido en la Unidad de Detención y que se le brinde el tratamiento de salud mental que condenado requiera. La víctima también deberá recibir la asistencia de Gobierno y Municipio.

Marcos Facundo Oyarzun fue condenado a 3 años de prisión, de cumplimiento efectivo, tras ser encontrado autor penalmente responsable del delito de privación ilegítima de la libertad agravada por la ejecución mediante violencia y por el vínculo con la damnificada.

El Tribunal de Juicio integrado por la juezas Verónica Marchisio y Natalia Buitrago y el juez Eduardo López; dieron a conocer la parte resolutiva del veredicto, cuyos fundamentos se darán a conocer el lunes 2 de noviembre.

La condena impuesta fue por el hecho cometido entre el 30 de septiembre y el 1 de octubre de 2021, en Río Grande, cuando el acusado mantuvo retenida en el interior de su vehículo a su expareja, quien recién pudo ser liberada tras la intervención de personal policial.

Tras el incidente, Oyarzún fue liberado, bajo el beneficio de la excarcelación, con la obligación de cumplir reglas de conducta de no acercarse a la víctima. Además, se le colocó un dispositivo electrónico para su monitoreo. A pesar de ello, en cinco oportunidades violó esta restricción, por lo que fue detenido, situación en la que llegó a la instancia del juicio oral.

En la sentencia, los jueces encomendaron a las autoridades del Servicio Penitenciario que pongan a disposición del condenado el tratamiento de salud mental que requiera.

El Tribunal dispuso que el Ministerio de Bienestar Ciudadano y Justicia de la Provincia y el Area de Salud Mental del Municipio de Río Grande, evalúen la situación actual de la víctima y su grupo familiar e implementen el necesario dispositivo de orientación, asistencia y contención brindando el seguimiento correspondiente.

Además, se deberá cumplir con lo que establece la ley 24.660 (ejecución de condena), informando a la víctima sobre los beneficios que pudiera solicitar y acceder el condenado durante el cumplimiento de la pena impuesta.

La decisión judicial se apoya en la ley 23.179, “Convención para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación contra la Mujer”; la “Convención Americana sobre Derechos Humanos”; la ley 24.632, “Convención Interamericana para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra la mujer – “Convención de Belém do Pará” y la ley 26.485, “Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones intrapersonales”.

A pedido de la fiscalía, el Tribunal de Juicio puso a disposición la causa y la grabación del debate oral, para analizar la posible comisión de otros delitos por parte del condenado, relacionados con violencia de género.

Cabe indicar que durante este proceso, la acusación estuvo a cargo de la Fiscal de Género y Violencia Intrafamiliar, Mónica Macri; mientras que el acusado contó con la asistencia de los abogados Federico Buzzerio y José Luis Álvarez; en su defensa.