miércoles 29 de julio
de 2026
Search

Nuevo cuadro tarifario para el uso del aeropuerto Malvinas Argentinas

aeropuerto

Mediante resolución 51/2026, de fecha 24 de julio de 2026, el Organismo Regulador del Sistema Nacional de Aeropuertos (ORSNA), aprobó el nuevo cuadro tarifario para el uso del aeropuerto Malvinas Argentinas, en la ciudad de Ushuaia, estableciendo los nuevos valores en la Tasa de Aeropuerto para los vuelos de cabotaje y para los vuelos internacionales.

La medida resuelta por el organismo nacional, dio respuesta a una presentación realizada por la empresa London Supply, en su condición de Concesionario del Aeropuerto Internacional “Malvinas Argentinas” de la ciudad de Ushuaia, Provincia de Tierra del Fuego, Antártida e Islas del Atlántico Sur.

En la resolución 182 del 29 de mayo de 2026 el Gobierno, como concedente, aprobó la readecuación de la Tasa de Uso Aerostación (TUA) para vuelos de cabotaje a la suma de $18.126 por pasajero embarcado, haciendo mención que la readecuación de la tasa se corresponde “con las necesidades económicas y financieras para la explotación del aeropuerto”.

La empresa concesionaria recordó que el valor de la TUA para vuelos de cabotaje surge de lo previsto en la cláusula décimo segunda del convenio registrado bajo el número 24360/2023, ratificado mediante el decreto provincial 1894 del 24 de julio de 2023, por el cual se previó el ajuste bimestral de la TUA de cabotaje en la provincia.

En el caso de los vuelos internacionales, el valor de la TUA se fija en la suma de 57 dólares por pasajero embarcado.

El concesionario indica que la readecuación de la tasa, se corresponde con las necesidades económicas y financieras generadas para una correcta explotación de los aeropuertos concesionados y que el valor previsto aún resulta insuficiente a los fines de cubrir la Tasa Interna de Retorno (TIR) prevista en la Concesión.

La Gerencia de Regulación Económica y Financiera del ORSNA destacó que la situación del Aeropuerto “Malvinas Argentinas” de Ushuaia debe encuadrarse en el contexto general de aeropuertos que no integran el Grupo “A” de aeropuertos del Sistema Nacional de Aeropuertos (SNA), y que como tales no pueden beneficiarse de la política de subsidios cruzados entre aeropuertos del mismo grupo.

Además, resulta razonable plantear para los próximos años un nivel de tráfico de pasajeros por encima de los valores proyectados y remitidos por London Supply, considerando también factible que los ingresos proyectados tengan un mejor desempeño que lo estimado en el Flujo de Fondos presentado.

En relación a los egresos denunciados, el área técnica señaló la importancia del rol del concedente en el control de las erogaciones denunciadas por el concesionario, a los fines de garantizar que no se genere una onerosidad excesiva sobre los usuarios del aeropuerto.

Asimismo, la Gerencia de Regulación Económica y Financiera entendió que el reajuste de los valores tarifarios resultaba razonable dado el contexto para permitir una mejora en la sostenibilidad económica del Aeropuerto “Malvinas Argentinas” de Ushuaia.