miércoles 16 de octubre
de 2024

Tierra del Fuego quedó adherida a la Ley Nacional

logo día de las enfermedades raras curvas

Con la firma del Decreto 2450/15, el Poder Ejecutivo procedió a la promulgación de la ley provincial 1058 mediante la cual se brindará cobertura asistencial a los pacientes de enfermedades poco frecuentes. El Ministerio de Salud tendrá la responsabilidad de dictar las medidas reglamentarias y administrativas que garanticen el efectivo cumplimiento de la nueva normativa.

Sancionada el pasado 15 de octubre, la promulgación de la nueva ley que amplía derechos en materia de salud pública, fue promulgada quince días después y está vigente desde el viernes, cuando fue publicada en el Boletín Oficial de la Provincia.

La ley promulgada adhiere a Tierra del Fuego a la Ley Nacional 26.689, sobre promoción en el cuidado integral de la salud de las personas con enfermedades poco frecuentes y a todas sus normas reglamentarias y complementarias. En el artículo segundo, se incorpora dentro de las prestaciones que brinda el Instituto Provincial Autárquico Unificado de Seguridad Social (IPAUSS) en los términos que establece la Ley nacional 26.689 y sus reglamentaciones.

La autoridad de aplicación de la nueva ley será el Ministerio de Salud de la Provincia quien dispondrá en un período no mayor a los 120 días a partir de su promulgación, las medidas reglamentarias y administrativas que garanticen su efectivo cumplimiento. Para ello queda autorizado a celebrar convenios con organismos competentes en la materia a efectos de contar con la colaboración técnica profesional especializada que fuere necesaria.