miércoles 12 de febrero
de 2025
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Tierra del Fuego adherida a las excepciones en endeudamiento y gastos corrientes

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Quedó promulgada la ley provincial 1.044; mediante la cual Tierra del Fuego quedó adherida a las excepciones establecidas en la ley nacional de responsabilidad fiscal, respecto a limitaciones en el endeudamiento y a la posibilidad de modificar el presupuesto para incrementar gastos corrientes en detrimento de los gastos de capital o de las aplicaciones financieras.

La ley fue sancionada en la sesión del pasado 8 de julio, la primera que hizo la Legislatura después del largo receso por las elecciones provinciales y municipales. Si bien se sancionaron otras normativas, esta es la primera que el Ejecutivo promulga, por una cuestión de conveniencia en el manejo financiero de la gestión pública.

Así, por Decreto 1517/15, firmado por la gobernadora Fabiana Ríos y el ministro de Economía, Osvaldo Monti, Tierra del Fuego quedó adherida a lo establecido en la Ley Nacional 27.008, por el cual se prorrogan para el Ejercicio 2015 las disposiciones contenidas en los artículos primero y segundo de la ley nacional 26.530.

Una de las excepciones establecidas es no imponer límites en “aquellas erogaciones que se hayan destinado a promover la actividad económica, a sostener el nivel de empleo y dar cobertura a la emergencia sanitaria y a la asistencia social”.

Otra de las limitaciones que se dejan sin efecto son las de “aprobar mayores gastos de otros Poderes del Estado siempre que estuviera asegurado un financiamiento especialmente destinado a su atención”.

Otro de los articulados de la Ley de Responsabilidad Fiscal que queda sin efecto es aquél que prohíbe a las jurisdicciones provinciales a “incluir en sus respectivos presupuestos como aplicación financiera (amortización de deuda) gastos corrientes y de capital que no se hayan devengado presupuestariamente en ejercicios anteriores”.