Mediante la firma del Decreto 876/16, del pasado, 3 de junio de 2016; la gobernadora Rosana Bertone estableció una Licencia Especial de Invierno a todo el personal de la administración pública y a los funcionarios de nivel político, con excepción del personal perteneciente al escalafón húmedo y personal no docente.
La licencia consiste en el otorgamiento de cinco días hábiles con goce de haberes, la que deberá usufructuada desde el 6 junio y hasta el 28 de octubre, inclusive y otorgada de acuerdo a las necesidades operativas de cada sector sin que afecte la normal prestación de servicios.
Para el caso del personal no docente, dependiente del Ministerio de Educación, que preste servicios en los establecimientos educativos de la provincia, se establece también una licencia de 5 días hábiles, con goce de haberes, la que deberá ser usufructuada en el lapso comprendido en receso escolar invernal.
En todos los casos, para tener derecho al beneficio se deberá contar con una prestación efectiva de servicios mínima ininterrumpida, dentro del año, de seis meses a la fecha de comienzo del uso de las vacaciones, considerándose solamente los servicios computados en la administración central.
No podrán gozar de la licencia especial de invierno los agentes que hayan usado una fracción mayor a quince días en el mes de licencia por afecciones o lesiones de largo tratamiento, accidente de trabajo, licencia no autorizada y licencia sin goce de haberes en los seis meses inmediatos anteriores a la fecha establecida para la Licencia Especial de Invierno.
Todo aquel funcionario o agente público que no haga uso de la licencia en los plazos establecidos en el Decreto, la perderá en forma automática.