El Gobierno promulgó la ley que establece que la prestación de los servicios de navegación aérea en y desde el territorio nacional, constituyen un “servicio público esencial”, por lo cual se “debe garantizar su seguridad, regularidad y eficiencia”. Además, creó la Empresa Argentina de Navegación Aérea (EANA), a través de un decreto publicado en el Boletín Oficial.
Se trata de la ley 27.161, sancionada por el Congreso el 15 de julio último, que dispone que el servicio público de navegación aérea comprende la Gestión del Tránsito Aéreo (que incluye los Servicios de Tránsito Aéreo) la Gestión de Afluencia del Tránsito Aéreo y la Gestión del Espacio Aéreo.
También son parte de la navegación aérea -según la flamante norma- los Servicios de Información Aeronáutica, el Servicio de Comunicaciones Aeronáuticas, el Sistema de Comunicaciones, Navegación y Vigilancia el Servicio de Búsqueda y Salvamento y el Servicio Meteorológico para la Navegación Aérea.
La ley dispone, asimismo, que la actividad realizada en el marco del Servicio Público de Navegación Aérea debe “garantizar la seguridad, regularidad y eficiencia de la navegación aérea, respetando los parámetros de seguridad operacional establecidos o a establecerse por el Sistema Nacional de la Gestión de Seguridad Operacional de la Aviación Civil del Estado Argentino”, entre otros.
Por su parte, la creación de la EANA -integrada por los Ministerios de Interior y Transporte y de Defensa- tiene como objetivo “la prestación del Servicio Público de Navegación Aérea, con excepción de los servicios prestados por el Ministerio de Defensa”, puntualizó el texto oficial. A partir de esta sanción, la Dirección General de Control de Tránsito Aéreo dependiente de la Fuerza Aérea Argentina, pasa de depender de la Secretaría de Estrategia de Asuntos Militares del Ministerio de Defensa.