Se trata de la ley nacional 27.428 que reformó la ley de Responsabilidad Fiscal y establece un nuevo mecanismo para la formulación del presupuesto y adecúa la meta del gasto público atado a la inflación.
La Legislatura realizará una sesión especial el próximo viernes 29, antes del inicio del receso por las vacaciones de invierno, para tratar la adhesión al nuevo marco de Responsabilidad Fiscal establecido por el gobierno nacional, el cual implica una nueva forma de elaboración del presupuesto de la Provincia, con proyecciones plurianuales.
Uno de los puntos importantes en el asunto a tratar es que con la adhesión a la ley 27.428, los gobiernos provinciales se “comprometen a no emitir títulos sustitutos de la moneda nacional de curso legal en todo el territorio del país”.
La convocatoria a sesión especial de la Legislatura, la hizo Andrea Freites (FPV-PJ), en su carácter de presidente a cargo del Poder Legislativo, respondiendo a la solicitud de los legisladores Marcela Gómez, Angelina Carrasco, Ricardo Romano y Ricardo Furlan (FPV – PJ) y Oscar Rubinos (UCR – Cambiemos).
En el mensaje 9/18, el Poder Ejecutivo impulsa la adhesión a la ley nacional 27.428, modificatoria del Régimen Federal de Responsabilidad Fiscal y Buenas Prácticas de Gobierno, en cuyo artículo 34 de la ley se invita a las Provincias a adherir a las disposiciones allí establecidas, debiendo cada jurisdicción adherente comunicar al Consejo Federal de Responsabilidad Fiscal el respecto instrumento de adhesión.
En los fundamentos, la gobernadora Rosana Bertone indica que el proyecto a consideración propone mantener los preceptos esenciales marcados por ley nacional 25.917 y su modificatoria, tanto en el ámbito de la técnica y elaboración y ejecución del presupuesto, como en el de coordinación a través del Consejo Provincial de Responsabilidad Fiscal, ello atento a que la sostenibilidad es una condición necesaria para las políticas públicas saludables, dado que los efectos de los desequilibrios fiscales inciden en el planeamiento y ejecución de las mismas.
La adhesión se realiza con reserva a lo dispuesto en el artículo 21 de la ley 25.917, modificados por ley 27.428 en razón de lo establecido en el artículo 70 de la Constitución Provincial, en referencia al nivel de endeudamiento al que está autorizado el Estado Provincial.
El mencionado artículo señala que “los Gobiernos Provinciales y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires tomarán las medidas necesarias para que el nivel de endeudamiento de sus jurisdicciones sea tal que en ningún ejercicio fiscal los servicios de la deuda instrumentada superen 15% de los recursos corrientes netos de transferencias por coparticipación a municipios”.
La nueva ley, a la que se busca adherir a Tierra del Fuego, indica que la “tasa nominal de incremento del gasto público corriente primario neto de la Nación, de las provincias y de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires no podrá superar la tasa de aumento del Indice de Precios al Consumidor de cobertura nacional”.