ara el Tribunal de Cuentas el ex vicepresidente del IPV, Roberto Lorente, “no hizo más que entorpecer el trámite” y en su accionar “puso todo en una situación anómala fuera de todo cauce procedimental” y además hizo prolongar en forma innecesaria el papeleo de obra púbica. Le aplicó una sanción económica por su accionar en la escandalosa licitación para la pavimentación de Chacra XIII.
El Tribunal de Cuentas de la Provincia mediante la Resolución plenaria 263/2015 criticó duramente el desempeño de Lorente en lo referente al anticipo financiero correspondiente a la obra pavimentación primera etapa urbanización barrio Malvinas Argentinas Río Grande – Empresa PROALSA S.R.L. referente al contrato de obra pública 222/15.
Así, los Tribunos recuerdan que ya hubo “tres pronunciamientos” sobre el proceso licitatorio por los cuales se observó el trámite por “haberse modificado el pliego una vez efectuado el llamado a licitación pública” y que solo se les notificó a quienes compraron los Pliegos. A pesar de que debería haberse efectuado “un nuevo llamado con esta modificación” para “no vulnerar el principio de igualdad y concurrencia”.
El Tribunal de Cuentas repasa que la observación fue sostenida a pesar del pedido de insistencia por parte del Vicepresidente del IPV y ante esto se dio Intervención a la Legislatura que es el órgano competente para evaluar el comportamiento de los funcionarios públicos frente a estas situaciones. Sin embargo el mismo vicepresidente del IPV, Roberto Lorente había anunciado su decisión de retirar dicha insistencia por lo cual la Legislatura no alcanzó a actuar en el particular.
Pero una vez devueltas, por el Tribunal de Cuentas, las actuaciones al IPV, el vicepresidente de dicho organismo siguió adelante con la Licitación “a pesar de todo” y “sin adecuar el procedimiento a la observación formulada por este organismo”.
Luego de esto se confeccionó un informe Legal solicitado por los Tribunos con el cual se le advirtió al vicepresidente del IPV que la continuación de las tramitaciones “corrían bajo su exclusiva responsabilidad” y se informó a la Legislatura ya que “el funcionario había vulnerado su competencia en el marco del procedimiento de insistencia en orden a analizar la responsabilidad política de los funcionarios”.
También remarco el Tribunal de Cuentas que “a pesar de lo indicado por este organismo de contralor el ingeniero Lorente suscribió el contrato de obra pública con fecha 17 de junio de 2015”.
Por lo tanto considera que “con su accionar, el Ing. Lorente incurrió en una violación de los procedimientos vigentes” y “además de violar el procedimiento de insistencia burló competencias propias de la Legislatura provincial.