Por el beneficio de la duda, Roberto Yamil Navarro, de 46 años de edad, fue absuelto en el juicio que debió enfrentar por el delito de “abuso sexual agravado por acceso carnal”. El propio fiscal, en sus alegatos, había expuesto que no encontró elementos de cargos para sostener la acusación.
El viernes, en horas del mediodía, los jueces Verónica Marchisio, Eduardo López y Juan José Varela, dieron a conocer la parte resolutiva del veredicto, donde resolvieron declarar la inocencia de Navarro, por lo que se dejaron sin efecto todas las medidas judiciales que se dispusieron durante la instrucción de la causa.
El hecho investigado sucedió en enero de 2023, a partir de la denuncia de una adolescente de 16 años de edad, que consumía drogas y que conocía al acusado porque era quien le proveía la sustancia estupefaciente.
El día que habría sucedido el abuso, la joven estaba en el departamento de Navarro. Ambos consumieron drogas y mantuvieron relaciones sexuales, las que fueron consentidas. Sin embargo, la joven en un momento no determinado, acusó que el hombre había abusado de ella. La declaración que fue escuchada durante el desarrollo del juicio no resultó determinante, como tampoco las demás pruebas que fueron ofrecidas por el Ministerio Público Fiscal.
Cabe señalar que Navarro fue detenido al momento de suceder la denuncia, pero después quedó en libertad, manteniéndose siempre a derecho, por lo que no fue necesario dictarle la prisión preventiva. Simplemente se dispusieron algunas medidas cautelares, las que quedaron sin efecto, tras conocida la sentencia absolutoria.
El 20 de noviembre al Tribunal de Juicio dará a conocer los fundamentos de la sentencia.
Material de abuso infantil
Un hombre de 48 años fue condenado a cuatro años de prisión por distribuir material de abuso sexual infantil. El fallo fue dictado por el Tribunal de Juicio en lo Criminal de Ushuaia, que lo encontró penalmente responsable del delito de distribución agravada de ese tipo de contenido.
El acusado, que llegó al juicio en libertad, quedó detenido inmediatamente después de conocerse la sentencia.
Durante los alegatos, el fiscal Daniel Curtale había solicitado una pena de 4 años y 2 meses de prisión, al sostener que la persona procesada compartió y publicó en redes sociales material pornográfico protagonizado por menores de edad.
En contraposición, el defensor oficial Carlos Fonrouge Kaufmann pidió su absolución o, en todo caso, que se lo condenara por la figura simple del delito.
La investigación comenzó en 2019, a partir de un reporte emitido por The National Center of Missing & Exploited Children (NCMEC), una organización estadounidense que detectó la actividad sospechosa y alertó a la fiscalía especializada a nivel nacional. Al declararse incompetente, esa fiscalía dio intervención a la Justicia fueguina.
Los fundamentos de la sentencia se darán a conocer el viernes 14 de noviembre.





